Gobernanza de la privacidad y resiliencia de TI: Cumpliendo con el principio de responsabilidad activa
El RGPD exige demostrar que se han adoptado todas las medidas técnicas necesarias para salvaguardar la privacidad. Alineamos sus objetivos de cumplimiento con capacidades tecnológicas administradas las 24 horas.
El control estricto de accesos y la trazabilidad de los datos personales (Artículos 25 y 32)
El reglamento obliga a aplicar el principio de "privacidad desde el diseño y por defecto", limitando el acceso a los datos de carácter personal únicamente a los empleados autorizados para sus funciones estrictas. Las organizaciones con equipos remotos o distribuidos en entornos multi-cloud necesitan centralizar el gobierno de identidades, aplicando autenticación multifactor (MFA) obligatoria y políticas de acceso condicional para evitar que la información de clientes o empleados quede expuesta en redes desprotegidas.
La obligación de detectar y reportar quiebras de seguridad de forma inmediata
El principio de responsabilidad activa exige que las empresas cuenten con la capacidad técnica de identificar actividades sospechosas, intentos de intrusión y procesos de cifrado maliciosos antes de que ocurra una fuga masiva de datos. Disponer de escaneos automáticos perimetrales y de un sistema inteligente de contención temprana permite a las corporaciones aislar las amenazas en minutos, protegiendo los derechos de los interesados y documentando el incidente según las pautas normativas.
Para dotar a su organización de la infraestructura y el control técnico necesarios para cumplir con el RGPD sin añadir fricción a la operativa diaria, en Sinfopac desplegamos los siguientes bloques de capacidades especializadas:

















